Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional ordenó la restitución como regidor del señor Yovanny Soto Jiménez del Partido Revolucionario Moderno (PRM), la cual le había entregado Julio César Martínez González del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
La disposición está contenida en la sentencia 0371-21 del TSE, mediante la cual el Constitucional también anuló el certificado de elección entregado el 11 de junio del pasado año a Martínez González.
“Yovanny Soto Jiménez ocupará el cargo para el cual fue elegido en las elecciones municipales del año 2020 en un plazo que no excederá de los 15 días calendarios, a partir de la notificación de la presente decisión y hasta el término de dicho periodo”, advierte la sentencia.
De igual forma, en la sentencia se impone un astreinte de tres mil pesos por cada día de retraso en la ejecución de la decisión a partir del vencimiento del plazo establecido en el dispositivo, contra la Junta JCE, la Junta Electoral del Distrito Nacional y Julio César Martínez, en favor de Soto Jiménez.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) había favorecido con tres sentencias a Julio César Martínez, pero Yovanny Soto Jiménez recurrió ante el Tribunal Constitucional y fue favorecido con la sentencia que le devolvió el cargo de regidor.
El conflicto se originó en las elecciones municipales pasadas, cuando dos candidatos a regidores de la Circunscripción tres del Distrito Nacional aseguraban que habían ganado la regiduría, pero se registró un descuadre en las actas de votaciones.
La situación que llegó a los tribunales tuvo su origen en el colegio electoral 0494 de la Escuela Salesiana Sagrado Corazón de Jesús de la Circunscripción tres del Distrito Nacional, donde había 177 electores y solo votaron 88, sin embargo el acta establecía 800 votos.
Tras el cotejo de los votos, la dirección de elecciones de la JCE, el día 6 de abril emitió el certificado de elección a Soto Jiménez, pero luego por decisión del Tribunal Superior Electoral favoreció a Martínez González.
El caso provocó la cancelación de la entonces presidenta de la Junta Electoral del Distrito Nacional, Marie Linnette García Campos, quien tenía 13 años en el cargo.
Sentencia recurrida
Se recuerda que el día 20 de abril del pasado año, el TSE dictó la sentencia de amparo número 654-2020 acogiendo la acción de amparo interpuesta por el señor Martínez González contra la JCE y la Junta Electoral del Distrito Nacional.
El día dos de junio de ese mismo año, la JCE y la del Distrito, interpusieron un recurso de revisión a fin de que se revocara la decisión recurrida y se suspendiera la ejecución mientras se conocía el caso.
Julio César Martínez González fue notificado por parte del TSE el día dos de junio.
Entonces Yovanny soto Jiménez interpuso un recurso de revisión el 19 de junio del pasado año, a fin de que se revocara la sentencia 621-2020 y se anule la sentencia 564-2020.
El TSE entendió que se estaba en presencia de una agresión a derechos fundamentales por una autoridad, en referencia a la JCE, tras la publicación de la relación definitiva de los cómputos de las elecciones municipales del pasado año