Santo Domingo. – El Ministerio de Trabajo reiteró a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el martes 16 de agosto “Día de la Restauración”, no se trabaja y su carácter no laborable no se cambia (por aplicación de la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia).
Todos los trabajadores deben reintegrarse a sus labores cotidianas el miércoles 17 de agosto, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de esta fecha 16 de agosto, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
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