Santo Domingo. –La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, compartió una serie de precisiones del Ministerio Público sobre el Código Penal aprobado y su reforma. El documento fue divulgado a través de su cuenta en X.
Según explicó la institución, la aclaración responde a un tema que recibe una interpretación o un tratamiento errado por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.
El fundamento constitucional
El Ministerio Público recordó lo que establece el artículo 169 de la Constitución dominicana. Según ese texto, la institución es el órgano del sistema de justicia responsable de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad.
Ese mandato incluye además dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.
Memes y caricaturas no son delito
La precisión central del documento apunta a las expresiones de humor y crítica social.
Según el Ministerio Público, no constituye delito crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social.
La razón, según explica el texto, es que ni el Código Penal aprobado ni su reforma tipifican esas conductas ni las sancionan con prisión o multa.
Cuándo esas expresiones no son dolosas
De acuerdo con el documento, estas expresiones comunicativas no son dolosas cuando el contenido sea claramente reconocible como una obra de creación o ficción.
Esa condición aplica siempre que la pieza no tenga por objeto engañar al público con fines ilícitos. Tampoco debe atentar contra la integridad de un niño, una niña o un adolescente.
El Ministerio Público remite en ese punto al Principio 2, literales 1, 3, 5 y 6 del Código Penal, así como al artículo 25 del Procesal Penal.
El principio de legalidad penal
La institución también recordó el alcance del principio de legalidad penal.
Según ese principio, para que una acción u omisión sea sancionada penalmente tiene que estar expresamente descrita de manera precisa e inequívoca por ley.
Acciones dolosas o culposas
El documento resalta además otro punto clave sobre el alcance del derecho penal.
Según el Ministerio Público, es importante recordar que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas.
Contra las interpretaciones extensivas
La Procuraduría advirtió también sobre el uso de la analogía en estos casos.
De acuerdo con el documento, es errado hacer interpretaciones extensivas o usar la analogía en contra de una persona. El derecho penal lo prohíbe, salvo que favorezca a la persona procesada.
Alteración de videos y audios
Finalmente, el Ministerio Público estableció una distinción sobre la alteración de contenido audiovisual.
Según el texto, la alteración de videos o audios con el fin ilícito de dañar a una persona no extiende sus efectos a la creación de memes, caricaturas o parodias.
Esas actividades, de acuerdo con la institución, constituyen un ejercicio de la libre expresión y de la creación artística, ambas constitucionalmente protegidas.
