El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó la Ley de Comercio Marítimo de la República Dominicana, a través de cual se actualiza el marco jurídico de esta rama especial del derecho comercial que regula todo lo concerniente a los actos y hechos que ocurren en el agua jurisdiccional del Estado dominicano.
Asimismo, la nueva Ley número 5-23, del 19 de enero de 2023, regulariza la clasificación e individualización de las embarcaciones, además de consolidar la normativa que regula el negocio y las operaciones marítimas que estaban dispersas en distintas normativas.
En este instrumento legal se establecen procedimientos claros y definidos para los actores que intervienen en los contratos de explotación de naves marítimas, en el transporte internacional de mercancías y demás actividades relacionadas al comercio marítimo.
Por otro lado, regula el régimen de responsabilidad limitada, la forma en que se produce el abanderamiento de la nave marítima y su cancelación, así como los demás elementos de la nave, como son su nombre, matrícula, identificación, entre otros.
También establece el registro para los distintos derechos sobre la nave marítima, el orden de créditos que tienen privilegios sobre la nave, esté o no construida.
Igualmente, consagra el procedimiento para las distintas medidas preventivas o conservatorias y ejecutorias sobre las naves marítimas y para las retenciones especiales, al igual que para su venta en pública subasta.
Asimismo, define las obligaciones, funciones y responsabilidades de los distintos sujetos de la navegación, como son el armador o propietario de la nave, los oficiales, la tripulación y el capitán, el cual ostenta funciones públicas, técnicas, comerciales y laborales.