Santo Domingo. – Decreto establece que el traspaso de los terrenos identificados al fideicomiso público estará sujeto a la aprobación del Congreso Nacional, cumpliendo con lo establecido por la Ley 28-23.
El presidente Luis Abinader creó, mediante el Decreto 581-23, un fideicomiso público para la gestión comercial y administración de los terrenos que sean identificados por el Estado dominicano para captar, gestionar, invertir, financiar y destinar los recursos obtenidos mediante la venta, alquiler y arrendamiento, con la finalidad de proveer las fuentes de financiamiento para el desarrollo de infraestructuras en los referidos sectores.
El mandatario acogió la propuesta de la Comisión Revisora de Contratos relativos a la disposición de terrenos propiedad del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) de que constituyera un fideicomiso público y emitió el decreto 581-23 disponiendo la creación del “Fondo de Desarrollo de Infraestructuras”.
La recomendación de esta comisión se produjo tras analizar exhaustivamente el estado de los terrenos del CEA que han sido objeto de procesos de venta irregulares, con el objetivo de garantizar una administración eficaz y transparente de esos activos.
El “Fondo de Desarrollo de Infraestructuras” es un fideicomiso público de desarrollo inmobiliario, administración, inversión, fuente de pago, garantía y oferta pública, que procura el desarrollo de infraestructuras en los sectores de transporte masivo, viviendas, agua y obras de alto impacto socioeconómico a nivel nacional.
Su objeto es la gestión comercial y administración de los terrenos que sean identificados por el Estado dominicano para captar, gestionar, invertir, financiar y destinar los recursos obtenidos mediante la venta, alquiler y arrendamiento, con la finalidad de proveer las fuentes de financiamiento para el desarrollo de infraestructuras en los referidos sectores.
El “Fondo de Desarrollo de Infraestructuras” estará compuesto por el Estado dominicano, que actuará a través del Ministerio de la Presidencia, en calidad de fideicomitente y fideicomisario, y Fiduciaria Reservas, en calidad de fiduciaria.
El decreto establece que el traspaso de los terrenos identificados al fideicomiso público estará sujeto a la aprobación del Congreso Nacional, cumpliendo con lo establecido por la Ley núm. 28-23, sobre Fideicomisos Públicos.
Los fines del fideicomiso público serán llevar a cabo los procesos que sean requeridos para el aporte de los terrenos propiedad del Estado dominicano al “Fondo de Desarrollo de Infraestructuras”, de conformidad con las leyes vigentes que sean aplicables.
También, gestionar la identificación de las potencialidades de los terrenos para su comercialización y para impulsar proyectos e iniciativas que contribuyan al desarrollo humano y social, la inclusión económica y el respeto de los derechos fundamentales de la población.
De igual manera, gestionar la realización de estudios, consultas, iniciativas y proyectos de infraestructura que la República Dominicana necesite, así como transferir los fondos para su ejecución o culminación.
Además, gestionar la contratación de asesores para la valoración de los proyectos identificados, así como para la implementación de mecanismos de control y auditoría; así como administrar los activos de su patrimonio conforme las aprobaciones del Consejo Técnico y las instrucciones impartidas por el Fideicomitente o por el director ejecutivo del fideicomiso, según corresponda.
Otro final de este fideicomiso público será suscribir los acuerdos correspondientes con entidades públicas que permitan al “Fondo de Desarrollo de Infraestructuras” realizar todas las acciones tendentes a la buena estructuración y diseño de las iniciativas relativas al objeto del fideicomiso.
El Fondo de Desarrollo de Infraestructuras contará con un Consejo Técnico, el cual estará integrado por el ministro de la Presidencia (presidente); el ministro de Hacienda (miembro) y el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo (miembro). El vicepresidente y el secretario del Consejo Técnico serán designados mediante acta del Consejo Técnico.
Entre los considerandos del referido decreto se señala que es de interés público y social buscar el crecimiento económico, la generación de empleo y la mejora de las condiciones de vida de la población dominicana.
De igual manera, se consideró que es imprescindible contar con una normativa jurídica que contribuya y sustente la competitividad de la industria local y de los productos nacionales en los mercados internacionales, a través del desarrollo de nuevos mecanismos de impulso a la producción competitiva, como la facilitación logística, el estímulo a las exportaciones, el fomento a la asociatividad y el de las cadenas de valor.
Además, que la República Dominicana posee territorios con alto potencial de desarrollo sostenible, atendiendo a elementos como la diversidad de sus municipios, la cultura de producción y la disponibilidad de espacios para el fomento de iniciativas de crecimiento y fortalecimiento de los sectores productivos, con el fin de generar en grandes dimensiones una política pública de inclusión social que pueda favorecer el desarrollo nacional.
La Comisión Revisora de los contratos sobre ventas de terrenos propiedad de los ingenios del Estado suscritos entre el CEA y particulares fue creada por el presidente Luis Abinader mediante el decreto número 273-23 del 28 de junio del 2023. Está integrada por Enriquillo Reyes (presidente); el director ejecutivo del CEA (vicepresidente); Yolanda de la Cruz Vargas (secretaria); así como por Fidias Aristy Payano, Francisco Torres, Fabio Cabral Valenzuela y Víctor Sánchez. Recomendó la creación de un fideicomiso público a los fines de una administración eficaz y transparente de esos activos, después de un ponderado trabajo de análisis sobre el destino de este importante ente estatal acreedor de miles de tareas en distintas partes del país.