Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo reitera a todas los empleadores y trabajadores, que la festividad del Día del Trabajador que se celebra el 1ro de mayo, su carácter no laborable se cambia para el 2 de mayo.
La ciudadanía deberá reintegrarse a sus labores el martes 3 de mayo conforme a lo establecido en la Ley 139-97 sobre el traslado de fecha en la República Dominicana.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
¿Por qué se celebra el Día del Trabajo?
Hace poco más de cien años, las fábricas eran centros de trabajo en los cuales trabajaban por igual hombres, mujeres, ancianos y niños. Con jornadas de más de 12 horas diarias. Esta extenuante jornada laboral no daba opción a las personas de recuperarse, descansar ni disfrutar de tiempo de ocio.
Mucho tuvieron que luchar los trabajadores durante años para conseguir establecer la jornada laboral de ocho horas. Incluso a costa de sus propias vidas.
Actualmente, el Día de los Trabajadores se ha convertido en una efeméride festiva. Pero no hay que olvidar que esta fecha rinde homenaje a aquellos que lucharon por una vida digna para todos los trabajadores y trabajadoras.