Expertos consultados por la periodista Nuria Piera coincidieron en que la Procuraduría Especializada contra la Trata de Persona debe iniciar una investigación.
En ese sentido, la abogada y activista feminista Yildalina Tatem Brache explicó que es evidente que en el referido negocio hay un servicio que no ha sido coordinado por las mujeres que trabajan, sino que tiene una persona que lo coordina. “Es un servicio que todo aparenta, que es prostitución y que como no lo están ejerciendo ellas de manera libre, podemos intuir incluso que hay claro indicio de proxenetismo”.
Asimismo, la abogada Laura Acosta, informó que la prostitución no está prohibida, lo que está prohibido es un tercero recibir beneficios económicos para que otra persona se prostituya.
En tanto que, con relación a los videos en que se ven a las mujeres que trabajan en Santana Barber Shop bailar, Tatem Brache, refiere que “mucha gente cuando ve este tipo de videos dice pero ella están muy felices. Hay que recordar que se construyen los personajes y que se actúa a partir del personaje que se construye y que esa construcción de personajes no necesariamente es libérrima, es espontánea, sino que tiene todos los indicios de ser forzada, de ser obligada”.
Siguiendo con el tema del proxenetismo, las especialistas dijeron a N Investiga que la “habilitación” de un espacio para ofrecer esos servicios, y el cobro de algún tipo de comisión, es suficiente para, probada la relación, se tipifique el proxenetismo.
“De acuerdo con el Código Penal, el artículo 334, el proxeneta es aquella persona que de cualquier manera ayude, asista o encubra a personas, hombres o mujeres, con miras a la prostitución o reclutamiento de personas con miras a la explotación sexual, pero también el que recibe beneficios de la prostitución y el que contrate, entrene o mantenga aún con su consentimiento, a una persona, hombre o mujer aún mayor de edad”, agrega Laura Acosta.
Incluso, públicamente Edwin Javier Santana se refiere a cómo capta a una de estas jóvenes al contestar una pregunta de un seguidor en Instagram. “Su papá entró al grupo, vio que en su bebé había dinero, ahora baila con él en un grupo aparte. El día que la encontré borracha debajo de un colmado, que le hablé de trabajo, ahí el no estuvo”.
El proxenetismo se castiga con prisión de seis meses a tres años y de dos a diez años.
De acuerdo con Laura Acosta, hay una ley especial sobre trata de personas, la 137 -03, y dice que es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, a la fuerza, a la coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o a situaciones de vulnerabilidad.
En referencia al negocio de Onlyfans, Yildalina Tatem Brache, afirma que es parte de la explotación. “Es un círculo donde él ha construido un negocio próspero, exitoso para él, que comparte con ellas. Porque posiblemente ellas, en las edades que tienen de otra manera, no tuvieran esos vehículos que tú dices que tienen. Y ese acceso a sentirse admiradas y deseadas. Porque tener 100.000 seguidores te plantea en la sociedad que estamos viviendo en este momento, te plantea como alguien exitoso”.
Pero, además, también hay contundentes indicios de explotación sexual, ya que según los convenios internacionales establecen que el acto sexual no solamente incluye penetración.
“El código Penal Dominicano además habla de desenfreno y relajación de las costumbres. Es decir, que no solamente habla de prostitución propiamente dicha como uno la entiende en una actividad sexual de dos o más personas de penetración, sino que incluye el desenfreno y la relajación de las costumbres”, específica Acosta.
En tanto que Tatem Brache manifestó que las empleadas de Santana Barber Shop están vulnerables desde todas las perspectivas, posiblemente no escolarizadas, con pocos recursos económicos, y probablemente siendo abusadas en el espacio familiar, “y desde ahí es muy fácil caer en una red de explotación”.