Las cuentas bancarias de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (Cdeee) y movimientos financieros en las empresas de distribución de energía fueron embargadas el pasado lunes, debido a una deuda millonaria que la institución gubernamental tiene con una empresa a la cual había contratado en el año 1983 para dar mantenimiento de las unidades turbo gas de la planta de generación eléctrica de Los Mina.
Fiat Aviazone, mediante acto de alguacil, trabó un embargo retentivo a las cuentas de la Cdeee en el Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco Popular, Banco BHD-León, Edesur Dominicana, Edeeste Dominicana y Edenorte Dominicana por 23 millones de dólares, correspondientes al doble del monto que la Corporación Dominicana le debe fruto del incumplimiento de un convenio de crédito con la sociedad comercial.
“El presente embargo retentivo u oposición se hace para la seguridad, conservación y obtención del pago de la suma de once millones ochocientos cincuenta y tres mil cuatrocientos diez y siete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$11,853,417), que es el monto que ha sido consignado en la sentencia homologada y en virtud de lo que dispone el artículo 557 del Código de Procedimiento Civil”, detalla el acto remitido por Rafael Peña Rodríguez, alguacil de estrado de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
“El presente embargo inmoviliza la cantidad de veintitrés millones setecientos seis mil ochocientos treinta y cuatro con 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$23,706,834) que es el duplo del monto de la suma del presente embargo sin perjuicio de los intereses legales, gastos de ejecución, costas legales causadas y por causarse”, continúa diciendo el documento.
Mediante la sentencia TC0285/19 del año pasado, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión constitucional que interpuso la Cdeee contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que declaró la perención del recurso de casación que había hecho la entidad al fallo que lo condenó a pagar cinco millones de dólares en el año 1992 y que fue ratificado por la Corte de Apelación en el 2010.