Santo Domingo. La jueza Franchesca Potentini, del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, dictó este lunes un auto de no ha lugar a favor de Raúl Rizik Yeb, en el caso de supuesta violencia de género presentado por su exesposa, Alexandra Mejía Arcalá.
La magistrada concluyó que no existían pruebas suficientes para sustentar la acusación, dando así por cerrado el proceso penal en contra del empresario, quien había sido denunciado en 2023 en medio de un conflictivo proceso de divorcio y partición de bienes tras 28 años de matrimonio.
Defensa alega intento de presión por bienes
Tras la audiencia, los abogados de Rizik Yeb celebraron la decisión y aseguraron que el caso fue utilizado como una estrategia legal para presionar la negociación económica entre la antigua pareja.
“Por fin se demuestra que Raúl Rizik Yeb nunca debió ser privado de libertad, ni siquiera de manera preventiva. Todo se basaba en declaraciones vacías, sin pruebas, que buscaban una mejor posición económica en el proceso de partición de bienes”, expresó la abogada Michelle Pérez Fuente.
La defensa también recordó que, tras la denuncia, Rizik Yeb enfrentó embargos y medidas de coerción que, según afirman, afectaron su libertad de movimiento y sus operaciones empresariales.
Contexto del caso
La denuncia contra Rizik Yeb surgió poco después de que este dejara la presidencia ejecutiva del Grupo Mejía Arcalá, lo que sus abogados catalogaron como parte de una “asfixia económica” promovida por los representantes legales de Mejía Arcalá.
Además, la situación se desarrolló en un momento especialmente delicado para el empresario, tras el fallecimiento del único hijo de la pareja, lo que añadió una dimensión emocional al conflicto.
Con esta decisión judicial, quedan levantadas todas las medidas de coerción y el empresario podrá retomar sus actividades personales y profesionales.
“Esta sentencia le permitirá limpiar su nombre, injustamente mancillado por una campaña mediática negativa”, añadió Pérez Fuente, quien calificó a su defendido como “la única víctima real” de todo el proceso.