Santo Domingo, R. D. – La Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó a la Dirección General de Migración (DGM) y a su director, Luis Rafael Lee Ballester, por haber impedido de manera ilegal y sin orden judicial la salida del país del exprocurador Jean Alain Rodríguez y su familia en los años 2020 y 2021, previo al inicio del proceso penal en su contra.
El tribunal acogió la acción de habeas data presentada por la defensa de Rodríguez, ordenando a Migración entregar la alerta migratoria o documento mediante el cual se dispuso la restricción de salida en noviembre de 2020 y junio de 2021. Además, impuso una sanción solidaria de RD$30,000 diarios por cada día de retraso en la entrega de dicho documento.
Negación de Migración y pruebas de la defensa
Durante el proceso, la DGM, en coordinación con la Procuraduría General de la República, negó haber impedido la salida del exprocurador y alegó que el documento solicitado “no existía”. Sin embargo, la defensa aportó pruebas como actas notariales, boletos aéreos, fotografías, un video grabado en el aeropuerto y una carta pública de la entonces procuradora Miriam Germán Brito, donde reconocía la existencia e ilegalidad de estas alertas migratorias.
El tribunal concluyó que con estas acciones se vulneraron derechos fundamentales de Rodríguez, incluyendo el derecho a la dignidad y al honor, y dispuso la restitución plena de sus derechos.
Próximos pasos
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 7 de octubre de 2025, a las 12:00 p.m.
La defensa del exprocurador, integrada por los abogados Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, calificó la decisión como un reconocimiento judicial a la ilegalidad cometida contra su cliente y pidió que el Estado cumpla con la entrega del documento en cuestión.