Santo Domingo. – El abogado Carlos Balcácer, representante legal de Wesly Vincent Carmona Porcino, mejor conocido como “El Dotolcito”, aclaró este sábado que no depositó fuera del plazo el recurso de apelación que busca anular la condena de 15 años contra su defendido.
En ese mismo afirmó que el abogado de la familia de Joshua Omar Fernández, Jean Cristofer Pérez, se está refiriendo a “la apelación de los jueces de la Instrucción o de Paz” que se deduce en 10 días, como ciertamente señala el artículo 410 CPP.
“Esas declaraciones evidencian una vez más, la inocultable mediocridad académica de ciertas universidades que lanzan al ejercicio a abogados carentes del mínimo de conocimientos básicos como es el delicado sistema recursivo penal nuestro”, expresó el jurista.
Tras ser consultado por RC Noticias, Balcácer sostuvo, “Pero el artículo que corresponde a la apelación contra el fallo condenatorio de Wesley Vincent Carmona (a) El Dotolcito y demás es el 418 CPP, que dispone de 20 días para atacar la decisión, y no de 10”.
“Todo debido, resumiendo, porque el CPP tiene dos sistemas recursivos: uno para los jueces de la Instrucción como, por ejemplo, medidas de coerción; y otro para los jueces del fondo, referentes a condenas o absoluciones, como son, los tribunales colegiados o las salas unipersonales. Ocurriendo que el caso que nos ocupa proviene de un colegio de jueces (2do.) cuyo plazo es el precedentemente señalado de 20 días, el cual ejercí basicamente si restas los días feriados incluyendo el jueves Corpus Cristi según esa fotografía que te remito que se explica entre dos fechas: la de la notificación de la sentencia a los tres acusados y la de mi depósito recursivo”, explicó.
Se recuerda que el abogado Jean Cristofer Pérez, representante legal de la familia de Joshua Omar Fernández, informó este viernes, que el recurso de apelación que busca anular condena de 15 años contra Wesly Vincent Carmona (el Dotolcito), fue depositado fuera de plazo.
“La normativa procesal penal dominicana es clara, cuando establece en su artículo 418 que, la apelación se formaliza presentando un escrito motivado en la secretaría del juez que dictó la decisión, en el término de veinte (20) días a partir de su notificación, es obvio que este plazo es fatal, por lo que sería imposible admitir como válido este recurso”, Sostuvo el jurista.