El director General de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel Florenzán, se refirió el día de hoy la Ley de Fideicomisos Públicos, al indicar que existe un vacío sobre estos, por lo que actualmente se conoce un Proyecto de Ley y otro Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, “ambas piezas armonizadas entre sí para la adecuada regulación de los fideicomisos”.
A través de su cuenta de twitter, el funcionario explicó que los fideicomisos públicos no están debidamente regulados por Ley 189-11 Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, ni ninguna otra normativa, solo se encuentran mencionados en el Art. 4.d del Reglamento 95-12, sobre Fideicomisos.
“Aunque los fideicomisos públicos no estén debidamente regulados, es criterio de la DGCP que siempre que se trate de fondos públicos, se aplicarán los principios y marco rectores de la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones”, indicó.
En un “hilo” de tuits, Pimentel expuso una serie de criterios que establece el proyecto de Ley que hatas el momento se ha encontrado con opiniones a favor y en contra.
Oposiciones a la Ley
El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) anunció su rechazo al proyecto de Ley de Fideicomisos Públicos que aprobó el Senado, por considerar que atenta contra la institucionalidad del país y permite la creación de un gobierno paralelo al margen de las leyes.
En rueda de prensa, los legisladores del PLD advirtieron que la Cámara de Diputados pretende aprobar el proyecto con la mayoría del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y sin el consenso de los demás partidos.
“Con esta Ley el Gobierno del PRM quiere dar un golpe mortal a la institucionalidad del país; pues permite la creación de un gobierno paralelo, exento de las leyes y reglamentos para el uso de fondos públicos, desconociendo la necesidad de cumplir con las leyes de compras y contrataciones, función pública, crédito público y demás”, explicó el diputado Radhamés Camacho, que además es miembro del Comité Político del PLD.
Denunció que, en su afán privatizador, el Gobierno pretende manejar la cosa pública como si fuera una empresa, sin cumplir con los controles que todo Gobierno debe tener para el manejo correcto y transparente de los fondos públicos.
El proyecto de ley establece en el artículo 13 que las compras y contrataciones se realizarían según el reglamento de cada fideicomiso, no según la ley de compras públicas.
Camacho considera que esto contradice el artículo 2 numeral 6 de la Ley 340-06 y va en contra de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 0305 de fecha 14 de diciembre de 2014.